"No debemos matar animales asilvestrados" Sergio García (Director de Bienestar Animal)

 13/07/2023

Sergio Torres es el director general de Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y es el encargado de "la formulación de las políticas del Departamento en materia de protección de los derechos de los animales".

El organismo que dirige es conocido por haber presentado el Anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales conocido como ley del Bienestar Animal.

Canarias deja sin efecto la orden que permitía la caza de animales asilvestrados

La modificación de la orden permitirá que el archipiélago se adelante a la aplicación de la Ley estatal de Bienestar Animal

El consejero en funciones de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, José Antonio Valbuena, ha firmado este viernes, 7 de julio, la modificación de la Orden de 20 de junio de 2023 por la que se establecen las épocas hábiles de caza para la temporada 2023-2024, así como las condiciones, medios y limitaciones para su ejercicio en las islas, de manera que no se permitirá la caza de ningún animal asilvestrado, entre ellos perros, gatos y hurones.

Valbuena explica que la orden modificada preveía determinadas medidas que únicamente podrán surtir efectos una vez entre en vigor la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, prevista para el día 29 de septiembre de este año, de modo que las islas se adelantarán a la aplicación de esta normativa estatal.

Por tanto, el consejero en funciones recalca que, con esta modificación, “en Canarias no se va a cazar ningún tipo de animal asilvestrado”.

Así, este cambio suprime cualquier mención a animales asilvestrados, tan solo permitiéndose la captura de ejemplares de muflón (Ovis orientalis), arruí (Ammotragus lervia), conejo (Oryctolagus cuniculus), perdiz moruna (Alectoris barbara koenigi), perdiz roja (Alectoris rufa), codorniz común (Coturnix coturnix) y paloma bravía (Columba livia).