El pasado 02 de septiembre efectivos del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico del Subsector de Las Palmas comenzaron una investigación sobre un suceso delictivo ocurrido en la GC-500, tras tener conocimiento a través de una denuncia presentada por un usuario en dependencias de la Guardia Civil, aportando como una grabación video gráfica donde se apreciaba la conducción temeraria del conductor de una guagua sobre varios ciclistas.
Las imágenes fueron grabadas con cámara deportiva o de acción, instalada en la parte inferior del sillín y que recogía las imágenes de la visión trasera de la bicicleta, grabando el adelantamiento efectuado por una guagua introduciéndose para ello en el carril contrario en un lugar prohibido por señal vertical y horizontal de línea continua, encontrándose muy próximo a una curva hacia la derecha, apreciándose como dicho vehículo cerraba la trayectoria al ciclista al que efectuaba el adelantamiento, teniendo éste que frenar bruscamente para evitar ser atropellado.
De igual forma y mientras se efectuaba la maniobra de adelantamiento la guagua
penetró en el carril contrario, poniendo en concreto peligro a otro ciclista
que circulaba en sentido contrario al existir escasamente espacio entre la
guagua y la valla de protección de la calzada, poniendo en grave riesgo la
integridad física o la vida del mismo al tener que obligándole a circular
totalmente pegado a la valla de protección, sin dejar distancia de seguridad
alguna con la guagua en cuestión.
Pesquisas
De la denuncia formulada por el ciclista y el vídeo aportado los agentes del GIAT determinaron el tramo de la vía donde se desarrollaron los hechos, comprendidos entre los puntos kilométricos 22.800 y 22.900 de la carretera GC-500 (Doctoral-enlace Puerto de Mogán), así como de la franja en la que se realizaron las grabaciones.
Dichos hechos ocurrieron el pasado día 10 de marzo del presente año, y tras lo ocurrido el conducto de la bicicleta se trasladó hasta dependencias del Destacamento de Tráfico de Maspalomas, al objeto de realizar una denuncia voluntaria por supuesta infracción al artículo 85 del Reglamento General de Circulación, especificando que podría disponer de un archivo multimedia pero sin aportarlo en ese momento.
Sin embargo la Jefatura Provincial de Tráfico posteriormente le requirió el aporte de las grabaciones para adjuntar al expediente denuncia como prueba, trasladando las mismas al GIAT de Tráfico, quien una vez visionado el mismo se pudo determinar que los hechos recogidos pudieran revestir de carácter de infracción penal y no administrativa.
De igual forma al sólo apreciarse algún carácter de la placa de matrícula de la guagua en las imágenes, se realizaron gestiones de rastreos de coincidencias en registros DGT, en lo que se pudo establecer la placa de matrícula.
Investigación e imputación
Por todo ello, y una vez finalizado el estudio de las condiciones y circunstancia de la vía (tramo de vía recta, carente de arcenes practicables), medidas y dimensiones de los vehículos implicados, así como la constatación de la maniobra realizada por parte del conductor de la guagua y el peligro creado a otros usuarios de la vía más vulnerables, reveló a la Guardia Civil que se encontraban ante un posible delito contra la Seguridad vial, conducción manifiestamente temeraria, al atender que la conducta descrita supuso en sí misma un grave riesgo para la Seguridad vial, al poner en concreto peligro la integridad de los conductores afectados.
Días después, las investigaciones de la Guardia Civil permitieron determinar la identificación del vehículo a motor y su conductor, procediendo a la localización y citación del conductor infractor, el cual compareció en dependencias del Subsector de Tráfico al objeto de ser informado de los hechos por los que era investigado en calidad de supuesto autor de un delito de conducción manifiestamente temeraria, quedando a disposición del Juzgado de Instrucción número tres -en funciones de Guardia- de San Bartolomé de Tirajana.
Posibles penas.
Artículo 380 del Código Penal: Delito contra la Seguridad vial, conducción con temeridad manifiesta. Este tipo de actuación delictiva puede conllevar penas de prisión de seis meses a dos años, y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.