· Fue hallada por personal laboral de la planta depuradora de la localidad de Costa Calma
· Momentos después fue entregada al centro Oasis Wildlife Fuerteventura, centro de recuperación de fauna habilitado como lugar de referencia para el depósito de especies exóticas invasoras.
· Liberar esta especie en el medio natural es una infracción grave al artículo 76.1.F, de la Ley 42/2007, de 13 de Octubre de Patrimonio Natural y Biodiversidad, con multas que oscilan entre los 5.001 los 200.000 euros, así como un posible delito contra la protección de la flora y la fauna, en los supuesto que producir grave daño al medio ambiente.
18 de julio de 2019.- El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) en la isla de Fuerteventura ha recogido y entregado el pasado día 09 de Julio un ejemplar de culebra real californiana (lampropeltis californiane), tras ser atrapada por el personal laboral de la planta depuradora de la localidad de Costa Calma el mismo día.
Activación del proyecto LIFE LAMPROPELTIS
Además de investigar el hallazgo y tratar de localizar a quién haya soltado dicho ejemplar, paralelamente los agentes del SEPRONA comunicaron el hallazgo a los responsables del citado proyecto (GESPLAN), quienes se desplazaron desde las Palmas de Gran Canaria a Fuerteventura el día 12.
En compañía de los agentes del SEPRONA se trasladaron hasta el lugar del hallazgo e instalaron cuatro trampas para la captura de posibles nuevos ejemplares. Asimismo se hicieron cargo del reptil para su estudio, determinando que se trata de una hembra con huevos, si bien todo parece indicar que procede de alguna vivienda próxima al lugar.
Hasta la fecha no se ha producido ningún captura más de nuevos ejemplares, circunstancia que corrobora que se trata de un ejemplar procedente del cautiverio.
Sanciones administrativas y penas de prisión
Desde la Guardia Civil queremos recordar que dicha serpiente se encuentra incluida en el catálogo de especies invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de Canarias, aprobada en el R.D. 216/2019, de 29 de Mayo, el cual modifica el RD 630/2013 de 2 de Agosto, que regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
La tenencia y suelta al medio natural constituye una infracción grave, prevista en el artículo 76.1.F de la Ley 42/2007, de 13 de Octubre de Patrimonio Natural y Biodiversidad, con multas que oscilan entre los 5.001 los 200.000euros.
Por otra parte se recuerda en base al artículo 333 del Código Penal que quien “introdujera o liberara especies de flora y fauna no autóctona, de modo que perjudique el equilibrio biológico, contraviniendo las leyes o disposiciones de carácter general protectoras de las especies de flora o fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años.”