Polémica: Aborto sólo por violación o riesgo para la madre.


La ley del aborto contemplará solo dos supuestos: riesgo para la salud de la madre y violación.
El peligro para su salud tiene que suponer un "menoscabo duradero"
Elimina el tercer supuesto de 1985 que permitía abortar si había malformación
Lo limita a "anomalías fetales incompatibles con la vida" si afecta a la madre
La mujer tendrá que demostrar entonces que la situación afecta a su salud
Solo dos supuestos en los que se podrá abortar: violación en las 12 primeras semanas y riesgo para la salud física y psíquica de la madre dentro de las 22.


El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de los Derechos del Concebido y de la Mujer Embarazada, norma que suprime el derecho al aborto tal y como estaba concebido en la ley de plazos aprobada en 2010 por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. Estos son los principales aspectos avanzados por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.